Por: Lic. Héctor Ramírez Sosa
CONSUELO S.P.M.-Recientemente choferes del volante público de Consuelo y Hato Mayor volvieron a escenificar enfrentamientos donde se observaron palos, piedras, armas blancas y de fuego en mano, agresiones verbales, desmonte de pasajeros de unidades del transporte.
Faltó poco para que el deprimente episodio se tiñera de rojo, la sangre corriera al río y el luto envolviera a parientes y amigos de ambas comunidades hermanas; gracias a la efectiva intervención de miembros de la AMET y la Policía Nacional, con asiento en San Pedro de Macorís.
Todo ese salvajismo por el control de algo que en materia del Derecho no es de su dominio o pertenencia: EL USUARIO DEL TRANSPORTE PÚBLICO. Este, muchas veces ofendido al exigir sus derechos y maltratado al incrementar desproporcional, y en ocasiones medalaganariamente, EL PASAJE; ya que estos servidores regularmente han usurpado las funciones de la OFICINA TECNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE (OTTT), creada mediante Decreto 489-87, que en su primer artículo la faculta a establecer y controlar los precios del pasaje según las condiciones imperantes.
Los choferes de SITRAPICO alegan que los de SITRAHAM no les corresponde montar y desmontar pasajeros en el corredor Mella, Consuelo-S.P.M. y viceversa, ya que no está dentro de su jurisdicción y tal acción disminuye sus ingresos; talvez desconociendo que la Ley Gral. de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, No. 358-05, en su Cap. IV, Art. 33, numeral h, afirma que toda persona tiene el derecho a acceder a una variedad de productos o servicios que permitan su elección libre, al igual que le permitan seleccionar el proveedor que a su criterio le convenga.
En este último incidente, en protesta por las agresiones de los choferes de este municipio, los choferes hatomayorenses bloquearon la vía con sus unidades, provocando un extenso y molestoso taponamiento vehicular. Esta situación tiene en alerta a las autoridades, en vilo a la población consuelense y en zozobra a los que diariamente dan uso del servicio. Consideramos que eso tiene que parar ya, deben ponerse de acuerdo, partiendo de lo que establecen nuestras leyes y no en base a sus intereses particulares, o esto podría terminar en una desgracia donde pagarán justos por pecadores.
Ambos sindicatos del transporte deben tener claro que el Art. 53, Derechos del Consumidor, de nuestra Carta Magna, sostiene que toda persona tiene el derecho a disponer de servicios de calidad y en caso de resultar lesionada o perjudicada por un mal servicio debe ser compensada o indemnizada conforme a la ley. Por tanto, en vez de pelearse dirijan sus luchas por algo más concreto y atendiendo a las necesidades de todos; especialmente los de Consuelo, que según los usuarios, su pasaje es caro y algunas unidades dan un servicio deficiente y grosero.
Amigos del volante público, dejen las insulsas riñas por bagatela. Mejoren y crezcan como entidad de servicio confiable y garantizado. Hay mucha tela por donde cortar:
Luchar fielmente por la rebaja del actual alto costo de los combustibles, olvidándose de las banderías políticas, las dádivas y el soborno, lo que producirá una rebaja sustancial del pasaje y un alivio en los bolsillos de la población que lo agradecerá.
Reclamar el asfaltado, no bacheo, de la carretera Mella, cuyos tramos Hato Mayor-Consuelo-S.P.M., se encuentran en malas condiciones, provocando contratiempos y averías en los vehículos. Gracias a Dios y la prudencia de muchos conductores aún no ha ocurrido un lamentable accidente por los cráteres que se han formado.
Mejorar el servicio a la población, sustituyendo gradualmente las unidades en mal estado por otras, para ofrecer mayor seguridad y comodidad, y en las que se pueda incluir aire acondicionado, asunto que pocas unidades de Consuelo brindan, por no decir ningunas.
Ofrecer, cada cierto tiempo, cursos sobre Deberes y Derechos del Conductor y el Usuario, así como de Relaciones Humanas, para garantizar el respeto, la armonía y el trato afable hacia el pasajero, que es de quien dependen. Recordando que no a todos le agrada una música a alto volumen ni una velocidad exagerada.
Quiero finalizar dejando al pie del presente algunos deberes, acciones y derechos del conductor y el usuario, sin nada de novedad, pero que pueden servir de recuerdo y reflexión.
Algunos Deberes de un Buen Conductor del Transporte Público
Tratar con respeto y consideración a los usuarios.
Conducir en forma prudente respetando las normas de tránsito y la velocidad autorizada.
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones relativas a personas con movilidad reducida o discapacitadas.
No conversar ni discutir con los pasajeros.
No abandonar el puesto de conducción durante la prestación del servicio.
Respetar la prohibición de fumar o ingerir bebidas alcohólicas.
Respetar la prohibición de escuchar radio a alto volumen.
No cumplir tareas de cobro de pasaje.
Respetar la ruta así como paradas establecidas deteniendo la unidad junto a la acera en forma paralela a cualquiera de éstas.
Acciones que un Conductor del Transporte Público no Debe Cometer
Proveer de combustible la unidad con personas en su interior.
Llevar pasajeros en el pasillo y no mantener cerrada la puerta de la unidad cuando se encuentra en movimiento.
Montar individuos ebrios, desaseados, que fumen, beban alcohol o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en la unidad.
Admitir canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan o dificulten la circulación por el pasillo de la unidad.
Poner en movimiento o detener de repente la unidad cuando hayan pasajeros que desean bajar o subir de ésta.
Aumentar o disminuir la velocidad de la unidad con el propósito de diputarse pasajeros, entorpeciendo la circulación del tránsito.
Algunos Deberes del Usuario del Transporte Público
Pagar la tarifa o pasaje previamente establecido por el servicio recibido.
Pedir su parada con precisión y a tiempo.
Cuidar y mantener en buen estado las instalaciones y unidades del servicio.
Cubrir el pago de los daños que haya causado en las instalaciones de cualquier unidad del servicio.
No fumar ni consumir bebidas alcohólicas dentro de las unidades del servicio.
Comportarse cívicamente y dar un trato respetuoso al conductor, cobrador y a los demás pasajeros.
Algunos Derechos del Usuario del Transporte Público
Abordar la unidad de la asociación o sindicato de servicio de transporte público que prefiera.
Pagar la tarifa establecida por el organismo facultado y/o la calidad del servicio que recibe.
Exigir el cumplimiento de las normas de seguridad relativas a la unidad y al conductor del servicio.
Exigir el cumplimiento del recorrido de la ruta establecida.
Ascender y descender de la unidad en las paradas autorizadas por el organismo facultado.
Ascender y descender de la unidad en todas las esquinas los días de lluvia.
Realizar sus reclamos o quejas ante el sindicato o asociación y organismo facultado, de manera personal, a través de sus líneas telefónicas gratuitas o correos electrónicos.
SIGLAS:
AMET = AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE
SITRAPICO = SINDICATO DE TRANSPORTE DE CONSUELO
SITRAHAM = SINDICATO DE TRANSPORTE DE HATO MAYOR
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Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Art. 19 --- Declaración Universal de los Derechos Humanos
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